domingo, 24 de marzo de 2013

PERSONAL DE SERVICIO DEL COLEGIO NACIONAL" CARLOS MONTUFAR"

Persona que se encarga del cuidado, vigilancia y limpieza de un establecimiento o edificio público.
 occupations persona que se encarga de vigilar un edificio
 La Consejería es el proceso en el que el consejero, partiendo de la aceptación de la posibilidad de la transformación del carácter individual, y empleando todos los recursos que posee, ayuda al aconsejado proveyéndole la oportunidad de que él mismo pueda lograr el progreso. 

“Consejería es la relación recíproca que surge de la demanda de solución a problemas difíciles empleando la responsabilidad del progreso y el método de la comprensión emocional”.  


Partiendo de estas definiciones en la Consejería se requieren el conocimiento y la habilidad adecuada además de la respuesta por parte del aconsejado. 
La actitud básica en la Consejería varía según cada fundamento teórico de la Consejería, sin embargo Carl R. Rogers, que enfatizaba las “terapias no-directivas” (o “métodos de psicoterapia centrados en el paciente”), señala:
“La Consejería eficaz se encuentra en una relación acogedora claramente constituida entre el consejero y el paciente tal que ayude a éste a entenderse a sí mismo y camine positivamente hacia una nueva dirección” 


 










a) El personal de servicio residente debe de ser registrado en la Mesa Directiva para hacer de su conocimiento a los integrantes del cuerpo de vigilancia. También se notificará oportunamente las bajas y se dará aviso cuando éstas se hayan debido a indisciplina o deshonestidad.

b) Para entrar y salir del Condominio, el personal de servicio residente y visitantes deberán presentar la identificación (gafete) por el acceso de servicio.
c) Ningún empleado podrá sacar del Condominio ningún mueble o artículo personal sin la expresa autorización por escrito en duplicado del residente al que preste sus servicios, quedando original para la administración y la copia para el empleado.

d) Tanto el personal de servicio residente como el visitante no podrán deambular, hacer uso de instalación alguna, pasear por caminos, parques, plazas o cualquier uso exclusivo de residentes e invitados, por lo tanto, durante sus horas de trabajo, el personal de servicio deberá permanecer dentro de las residencias, con excepción de nanas, institutrices o enfermeras cuando acompañe a menores de edad, personas mayores, o que se encuentren discapacitadas, a pasear o hacer uso de las instalaciones del Conjunto.